Instan al MEC a respetar plazos que establece la ley para jubilación de docentes

Publicado el: 24/03/2023 9:27

Dip. Norma Camacho - Kattya González 01-850.jpg(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). A instancias de las diputadas Norma Camacho (PEN-Central) y Kattya González (PEN-Central), la Cámara de Diputados someterá a consideración de la plenaria un proyecto de declaración “Que insta al Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) a cumplir con el Art. 33 de la Ley N° 1725/01, Que establece el Estatuto del Educador”, que refiere, específicamente, a los plazos para la jubilación de los docentes.

El referido artículo establece que el educador profesional, cualquiera sea la función que desempeñe, cesará en el cargo, automáticamente, un mes después de cumplidos los requisitos para acceder a los beneficios de la jubilación ordinaria, y que desde ese momento el cargo quedará de pleno derecho vacante.

Estipula, igualmente, que es obligación del educador profesional que, cumplidos los requisitos para acceder a los beneficios de la jubilación ordinaria, pongan en conocimiento de ello, inmediatamente, a la autoridad de la cual dependa.

El educador jubilado, dice finalmente el artículo, podrá ser contratado por plazo determinado para ejercer funciones docentes, técnico-pedagógicas o las que la autoridad competente les confíe.

En esencia, el documento insta al MEC a agilizar los trámites de la jubilación docente teniendo en cuenta los siguientes ítems: Recepción de solicitudes de jubilación docente durante todo el año; ampliación del cupo de las carpetas remitidas, por mes, al Ministerio de Hacienda (500 carpetas como mínimo); jubilación a todos los docentes que cumplen con los requisitos de acuerdo al listado publicado en el sitio oficial del MEC (Anexo III), en el plazo establecido por la ley; y la automatización de los trámites documentales.

Las proyectistas aseguran que los docentes no fueron escuchados en sus reclamos para la agilización de los trámites de jubilación.

“Desde la etapa inicial de inscripción, existen inconvenientes en el trámite de la jubilación docente, primero, por el corto periodo para dicha inscripción de las solicitudes; segundo, por el lento procesamiento de las carpetas; y tercero, que una vez consolidadas las carpetas no son remitidas, inmediatamente, al Ministerio de Hacienda”, expresa parte de la documentación.

Agrega que el Ministerio de Hacienda solo permite un cupo de 100 carpetas por mes, pero que, sin embargo, en enero pasado no recepcionó una sola carpeta.

Actualmente existen 1.373 carpetas en donde constan que los docentes cumplieron con todos los requisitos para estar jubilados, algunos de los cuales, incluso, datan del año 2021.

La ley establece que en un mes la jubilación será automática.

 

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