Media sanción para aumentar penas en estafas y lesión de confianza “especialmente graves”

Publicado el: 06/07/2022 17:05

Sesión Extra 15-850.jpg(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). La Cámara de Diputados brindó media sanción al proyecto de ley “Que modifica los artículos 187 y 192 de la Ley N° 1.160/97 - Código Penal; modificada por Ley N° 3.440/08”. Dicha normativa había sido remitida a la Comisión Nacional para el Estudio de la Reforma del Sistema Penal y Penitenciario, cuya recomendación fue base de estudio y posterior decisión el día de hoy.

La exposición de motivos señala que la Ley 1.160/97 - Código Penal Paraguayo, tipifica, en el artículo 187, el hecho punible de estafa, y en el artículo 192, el hecho punible de lesión de confianza; la cual fue modificada por la Ley 3.440/2008.

Refiere que el marco penal establecido para el hecho punible de estafa, en el inciso 1º del artículo 187, es de 6 meses a 5 años; y en los casos especialmente graves, la pena podrá ser aumentada hasta 8 años.

En el caso de la lesión de confianza, en el inciso 1º del artículo 192, la pena es de 6 meses a 5 años; y en los casos especialmente graves, dice el inciso 2º, la pena podrá ser aumentada hasta 10 años.

“Este proyecto desea elevar los marcos penales de la “Estafa” y la “Lesión de Confianza”, en los casos especialmente graves, y nominarlos a los efectos de establecer ejemplos reglados de medición de la pena que indiquen al aplicador las circunstancias en las que la agravante es posible por haberse ocasionado, o en su caso, no evitado un perjuicio al patrimonio del Estado, como es descripto en los numerales 3 y 4 del inciso tercero del proyecto de modificación del artículo 187 del Código Penal, y en el numeral 3 del inciso segundo del artículo 192 del Código Penal”, explica el documento.

Se indica como circunstancias agravantes, el hecho de que la conducta del autor haya tenido como consecuencia el peligro o incluso la ruina financiera de la víctima, así como la actuación de manera comercial y la formación de agrupaciones que se dediquen a la producción de documentos no auténticos que son utilizados para sostener la declaración falsa destinada a causar el perjuicio en el patrimonio ajeno.

“Lo que se pretende es modificar los incisos de estafa y lesión de confianza, donde se establecen los casos “especialmente graves”, y de forma específica establecer estas causales. Además, el marco penal hasta una máxima de 15 años”, especifican los proyectistas.

Igualmente, se apunta a que no puedan extinguir tan fácilmente las causas penales y que la máxima, en caso de concurso con lesión de confianza o estafa, pueda llegar a 22 años y 6 meses de pena privativa de libertad.

La legisladora Vallejo comentó que hoy en día el robo de una vaca tiene una pena de uno a diez años, y que si son dos vacas, se puede llegar a 15 años; y que aquel que comete actos de corrupción “roba mucho más que dos vacas”.

“Las estafas tienen hasta 8 años y la lesión de confianza hasta 10 años, en casos especialmente graves. Planteamos nominar cuales son esos casos especialmente graves. Van a pensar dos veces si saben que zafar no será tan fácil. Queremos que en casos de estafas especialmente graves, las penas sean de uno a 15 años”, dijo.

Acotó que “los hechos de corrupción no solo se limitan a perjuicios patrimoniales, sino que afectan los derechos humanos; causan déficit; matan; nos dejan sin escuelas; sin medicamentos; sin viviendas; lastiman derechos fundamentales”.

“Hay un ejemplo reciente. Hace poco se benefició con la no intervención al Gobernador de Central; y sin embargo sus cómplices admitieron todos los hechos. Que ésta sea una señal ya que tantas veces se ha beneficiado a delincuentes de cuello blanco. Que los corruptos no puedan zafar tan facialmente”, sentenció Vallejo.

El plenario acompañó la propuesta y el proyecto tuvo media sanción.

Vale recordar que fueron legisladores firmantes del documento, Rocío Vallejo (PPQ-Central); Sebastián Villarejo (PPQ-Capital); Sebastián García (PPQ-Capital); Kattya González (PEN-Central); Norma Camacho (PEN-Central); Celeste Amarilla (PLRA-Capital); Carlos Rejala (PPH-Central); Tito Ibarrola (PPH-Central); Celso Kennedy (PLRA-Caaguazú); y Jorge Ávalos Mariño (PLRA-Paraguarí).

Se remite al Senado.

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