Media sanción para que mipymes reciban pago oportuno por la contraprestación de servicios

Publicado el: 28/07/2021 18:41

SESION EXTRA 850-3.jpg(Redacción: Prensa- Dirección de Comunicación). La plenaria de Diputados aprobó con modificaciones el proyecto de ley “Que prevé el pago oportuno a las micro, pequeñas y medianas empresas, en el ámbito de la administración pública y el sector privado”.
Este proyecto prevé sortear la burocracia del Estado y de las empresas privadas para que las mipymes reciban un pago oportuno por la contraprestación de sus servicios.
En muchas ocasiones, dice la exposición de motivos, las mipymes ofrecen productos o servicios pero no reciben la contraprestación debida en forma inmediata, sobre todo cuando se trata con el Estado, debido a la burocracia existente.
El documento busca asegurar que estas empresas reciban, en tiempo oportuno, el pago por la contraprestación de sus servicios, so pena de instaurar la obligación de abonarse los intereses correspondientes si no se respeta el término fijado en la ley, existiendo igualmente la posibilidad de la subrogación de crédito ante el Banco Nacional de Fomento.
Es decir, una vez vencido el plazo para el pago de deudas contraídas, tanto en el sector público como en el sector privado, las mipymes podrán presentar sus facturas al Banco Nacional de Fomento, el que procederá, previa verificación administrativa del caso, al pago a las mismas en la forma prevista por el contrato, subrogándose en la calidad de acreedor ante la entidad pública o privada incumplidora.
El diputado Justo Zacarías (ANR-Alto Paraná), presidente de la Comisión de Asuntos Económicos, mocionó por  la aprobación del documento con modificaciones.
“En caso en que no se cumpla lo estipulado, las mismas podrán tener compensaciones para que el valor de lo entregado no sea perjudicado”, mencionó, al respecto, el titular del bloque asesor.
A su turno, el legislador Sebastián García (PPQ-Capital), uno de los principales proyectistas, dijo que, con la iniciativa, se busca generar condiciones competitivas y reducidas asimetrías para que las pequeñas y medianas empresas puedan participar de las compras públicas, y por ende, generar un escenario justo en el ámbito privado sin intervenir en lo que son las transacciones privadas.
“El principal énfasis es generar un incentivo, ya que hoy día las pequeñas y medianas empresas solo representan el 11% de las contrataciones públicas, y esos montos terminan al hacerlo de intermediario, al tener plazos de pagos interminables, sin que nadie se haga responsable, esos momentos terminan repercutiendo en costos mayores para el propio Estado”, pronunció. 
En este sentido, solicitó que el documento sea aprobado con la siguiente modificación en el artículo 6, quedando como sigue: “Responsabilidad del funcionario encargado del pago: Si no se efectuasen el proceso y el pago dentro de los plazos previstos en el contrato, en las respectivas bases y licitación o luego de la entrega de acuerdo a los plazos previstos en los artículos 2° y 3° de la presente Ley, se generará la responsabilidad administrativa de los funcionarios, conforme a la Ley 1626/2000 de la Función Pública. 
Igualmente, sugirió que sea agregado a la redacción que “el Banco Nacional de Fomento (BNF), impulsará la aplicación de la Ley 6542 de Factoraje, Factura Cambiaria, y Sistema Electrónico de Operaciones Garantizadas, como instrumento para asegurar la liquidez de los pequeños y medianos empresarios que contraten el Estado”. 
El diputado Tadeo Rojas (ANR-Central), propuso que el término “impulsará”, del agregado de su colega García, sea reemplazado por “recomendar”, que fue aceptado por el pleno. 
“Hay que entender el Banco de Fomento, tiene una serie de legislaciones que atañe, precisamente, a la administración de los créditos, que establece claramente el reglamento”, alegó.
Con estas modificaciones, el documento fue aprobado disponiéndose su remisión a la Cámara de Senadores para su segundo trámite constitucional.  
 

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