Media sanción para reglamentar uso de luces rotativas de emergencia en vehículos
Publicado el: 25/08/2021 16:26
Es proyectista de la normativa el legislador Hugo Ramírez (ANR-Capital), quien explicó que el objetivo es modificar y ampliar los alcances de la norma, puntualmente, en lo que hace a las prohibiciones en el uso de indicadores rotativos luminosos para los vehículos.
La ley actual establece cuales son los vehículos que deben utilizar las luces rotativas de emergencia; sin embargo, no menciona la prohibición para el resto de los vehículos, por lo que la reglamentación es muy necesaria, debido a que particulares utilizan este tipo de luces para engañar a los demás conductores, según expuso el parlamentario.
La intención contó con dictamen favorable de la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Comunicaciones de la Cámara de Diputados.
“El uso indiscriminado de esos dispositivos en vehículos particulares es preocupación de muchas personas, incluso de la propia Policía, ya que cualquiera se puede hacer pasar por ellos; muchos se ingenian para adquirir estos artefactos que, de hecho, son de acceso fácil en casas de equipamiento de vehículos”, señaló el diputado Ramírez.
Recalcó que está establecido el uso de dichos indicadores en bomberos; policías; seguridad privada; transporte de valores; maquinarias especiales; vehículos de auxilio; etc.; pero con especificaciones y diferenciaciones, puntuales y específicas.
“Para el resto no hay prohibición y es eso lo que se desea subsanar”, enfatizó el congresista.
El plenario respaldó el proyecto y tras su aprobación se dispuso que el mismo sea remitido a la Cámara de Senadores con la correspondiente media sanción.
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