Aconsejan rechazar tipificación de crimen para la infidelidad en el servicio exterior
Publicado el: 02/10/2023 17:38
El dictamen, finalmente, fue por el rechazo, según informaron desde el bloque.
Esta decisión se basó en que existen varios documentos relacionados al mismo fin, remitidos por la Cancillería Nacional y el Ministerio Público, con consideraciones aún pendientes.
El objetivo es analizarlos a profundidad y buscar consensos sobre los mismos, según indicaron.
Cabe recordar que la normativa tuvo origen en el periodo parlamentario anterior, con el propósito de aumentar las penas por actos de infidelidad en el servicio exterior, de seis a 20 años.
La iniciativa fue impulsada luego del sonado caso de deuda espuria de Itaipú y la absoluta ausencia de identificación y sanción de los responsables de ese acto, notoriamente lesivo para los intereses de la patria, de acuerdo a lo que manifiesta la exposición de motivos.
“El funcionario que en representación de la República ante un gobierno extranjero, una comunidad de estados o un organismo interestatal o intergubernamental, incumpliera una instrucción oficial o elevara informes falsos, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa”, dice la norma actual.
Los proyectistas alegan que esta situación, en la mayoría de los casos, ni siquiera es juzgada con la pena privativa de la libertad, sino con simples multas que no reparan, bajo ningún sentido, el profundo daño generado.
Reunión con enlace diplomático
Por otra parte, los integrantes de la comisión asesora anunciaron una reunión con el Director General de la Unidad de Enlace Diplomático entre el Congreso Nacional y el Ministerio de Relaciones Exteriores, Luís José González.
La idea es conversar sobre mecanismos de reciprocidad con nuestro país, respecto a la vigente ley “Que establece medidas temporales para incentivar la reactivación turística y la apertura de Paraguay al mundo”.
Este marco normativo suprime la exigencia de visas para ciudadanos de Estados Unidos, Canadá, Australia y Nueva Zelanda, que ingresen al país para fines turísticos, con permanencia no mayor a 90 días.
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