Diputados agotó tercer trámite constitucional del PGN 2023 con ratificación parcial
Publicado el: 05/12/2022 20:15
El documento será estudiado nuevamente por la Cámara Alta en los próximos días.
El presidente de la Comisión de Presupuesto, diputado Arnaldo Samaniego (ANR-Capital), explicó que el dictamen recomendaba ratificar la sanción inicial de la Cámara Baja, con la aceptación de ciertas modificaciones del Senado, como el aumento para el Ministerio de Salud Pública por un monto de G. 58.000 millones.
Estos recursos se obtendrían de una disminución en recursos del crédito público (Fuente 20 - Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones).
Con esa modificación de G. 58.000 millones se procederá a la reprogramación por el mismo monto, en Fuente 10, para impacto del aumento salarial de G. 400.000, en promedio, para el personal de blanco, permanente y contratado.
En total se trata de 42.792 vínculos, a partir de setiembre de 2023, de acuerdo a las explicaciones.
Esto además contempla la implementación de la carrera de Enfermería, que beneficiará a 1.308 trabajadores del rubro; y la nivelación salarial de médicos (3.429 en total).
Así mismo, se prevé “escalafonar” al personal del INCAN, con un total de 198 funcionarios.
Vale recordar que el Poder Ejecutivo remitió un presupuesto, para el próximo ejercicio fiscal, de G. 105.1 billones.
El presupuesto 2023 contempla elevar el déficit fiscal al 2,3 %.
Articulado
Algunas decisiones respecto al articulado del PGN 2023 dan cuenta de lo siguiente:
*Artículo 18: Aprobada la versión Senado. Refiere a casos de donaciones u operaciones técnicas inferiores a USD 50.000, donde las mismas podrán acoplarse al presupuesto público por decreto del Poder Ejecutivo.
*Artículo 22: Aprobada la versión Senado. Habla de los objetos de gasto que no pueden ser disminuidos con modificaciones presupuestarias.
Se introdujo disposiciones que incluyen al objeto de gasto 311 (alimentación para el personal con F10); se incorporó otras disposiciones de rubros reprogramables del subgrupo del objeto de gasto 350 al subgrupo 240 o al grupo 500 (inversión física); entre otros.
Esto estará vigente solo para el Ministerio de Salud.
*Artículo 31: Aprobada la versión Senado. Señala que, excepcionalmente, los fondos asignados a la SENABICO podrán ser destinados, hasta en un 20 % de los recursos, para la optimización de las capacidades de la institución.
*Artículo 87: Ratificada la versión Diputados. Guarda relación con las transferencias de fondos. Se testan determinados párrafos.
*Artículo 91: Ratificada la versión Diputados. Emisión de Bonos.
*Artículo 229: Aprobada la versión Senado. Establece un aporte especial a los municipios de Jesús, Trinidad y San Cosme y Damián, para proyectos de inversión y mantenimiento de sitios históricos (Ruinas Jesuíticas).
*Artículo 277: Ratificada la versión Diputados. Fondo de recategorización salarial para implementación gradual de la carrera de Enfermería.
*Artículo 280: Aprobada la versión Senado. Fondo de recategorización salarial para implementación gradual de la carrera de Enfermería.
*Artículo 281: Ratificada la versión Diputados. Autoriza a la ANEAES a aplicar recursos del FEEI para el pago a pares evaluadores de instituciones de educación superior de gestión pública.
*Artículo 289: Ratificada la versión Diputados. Se autoriza que recursos del MAG - Dirección de Extensión Agraria, obligatoriamente, deban ser utilizados en un 30 % del total en la región occidental.
Más resultados (articulado PGN 2023)
*Artículo 295: Versión Senado.
*Artículo 296: Versión Senado.
*Artículo 297: Versión Senado.
*Artículo 298: Nuevo texto. Aprobada la versión Senado. Guarda relación con la Dinavisa.
*Artículo 300: Versión Senado. Prohibición de disminuir créditos presupuestarios de programas sociales.
*Artículo 301: Transferencia de recursos a oenegés, comisiones vecinales, entre otras. Aprobado
*Artículo 302: Versión Senado. Presupuesto del Ministerio de Justicia para mejoramiento salarial de agentes penitenciarios. Aprobado.
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