Dictamen con modificaciones para proyecto que regula la profesión del ingeniero químico

Publicado el: 2026-06-03

(Redacción: Prensa - Dirección de Comunicación). Integrantes de la Comisión de Agricultura, que preside el diputado Juan Maciel (ANR-Caazapá), emitieron un dictamen de aprobación con modificaciones para el proyecto de ley “Del ingeniero químico”.

Tras varias reuniones con organismos e instituciones vinculadas a la propuesta, el titular del bloque expresó su satisfacción con los resultados, destacando que las modificaciones fueron consensuadas.

“El resultado es una redacción ordenada y coherente que preserva el rol estratégico del ingeniero químico en sectores productivos clave para el desarrollo económico y tecnológico del país, manteniendo el espíritu original y otorgando precisión jurídica”, explicó Maciel.

Adelantó que, si bien el dictamen mantiene el objetivo original, se redefinieron varias competencias para evitar superposiciones con otras profesiones.

La propuesta busca seguridad jurídica al ejercicio profesional y fortalecer la participación de los ingenieros químicos en sectores estratégicos para el desarrollo nacional.

Uno de los aportes relevantes fue incluir una autoridad de aplicación, pues el proyecto se limitaba a regular la profesión del ingeniero químico y establecer sus competencias, sin definir con precisión el organismo responsable de la reglamentación y fiscalización.

La comisión estableció al Ministerio de Industria y Comercio como autoridad de aplicación y dispuso mecanismos de coordinación con el Ministerio de Salud y otras instituciones competentes. 

Esto fortalece la seguridad jurídica, evita vacíos institucionales y garantiza que la implementación del régimen profesional se realice dentro de una estructura estatal claramente definida y articulada, según explicaron.

El texto base otorgaba atribuciones amplias al ingeniero químico en cuanto a registros sanitarios, productos controlados, importaciones, comercialización y participación en procesos regulatorios.

Para evitar superposiciones y delimitar con mayor claridad el ámbito de actuación, se reformuló el artículo, orientándolo principalmente hacia funciones de control de calidad, desarrollo de productos, habilitación de establecimientos y asesoramiento técnico.

La redacción original contemplaba gran participación del ingeniero químico en registros, comercialización, supervisión y diversas actividades vinculadas al sector fitosanitario.

Se reorientaron competencias hacia áreas directamente relacionadas con la formación profesional.

Especifican la síntesis, formulación, fraccionamiento, investigación y control de calidad de los productos durante los procesos industriales. Esta modificación reconoce la participación técnica de estos profesionales en la producción industrial, evitando posibles conflictos de competencias con otras profesiones del sector agropecuario.

Por otro lado, se atribuía al ingeniero químico funciones vinculadas a estudios de impacto ambiental, auditorías, autorizaciones, monitoreo, gestión de residuos peligrosos y diversas actividades reguladas por la legislación ambiental vigente.

El dictamen sustituyó esa extensa enumeración por una disposición más precisa para brindar claridad respecto al alcance profesional dentro del ámbito ambiental y evitar superposiciones con funciones ya reguladas.

Finalmente, desde la comisión señalaron que la normativa reconoce la participación de estos profesionales en procesos vinculados a industrias manufactureras, combustibles, derivados del petróleo, gas licuado de petróleo, biocombustibles, energías alternativas y control de calidad industrial; y que se enfatiza el rol estratégico en sectores productivos fundamentales para el país.

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