Plantean límites para la concentración de fondos del IPS y del sector público
Publicado el: 2026-08-07
(Redacción: Prensa - Dirección de Comunicación). El diputado Mauricio Espínola (ANR-Capital) presentó un proyecto de ley “Que establece límites prudenciales a la concentración de recursos del Instituto de Previsión Social (IPS) y del sector público en el sistema financiero nacional”.
La intención es establecer topes a los recursos públicos y previsionales depositados en entidades del sistema financiero.
La iniciativa tiene como objetivo fortalecer la estabilidad financiera, proteger el patrimonio público y los fondos previsionales, reducir los riesgos derivados de una excesiva concentración de depósitos y promover una administración basada en criterios de prudencia, transparencia y adecuada gestión del riesgo, según el parlamentario.
Establece que las colocaciones totales del IPS en una entidad financiera privada no podrán superar el 100 % de su patrimonio efectivo, mientras que en el Banco Nacional de Fomento (BNF) el límite será del 150 %.
Asimismo, para el conjunto de los recursos del sector público, incluidos los fondos del IPS, se plantea un límite del 120 % del patrimonio efectivo para bancos y financieras privadas y del 200 % para el BNF.
La propuesta también contempla la posibilidad de que los organismos públicos y el IPS establezcan internamente límites de inversión más estrictos. “Las disposiciones de esta ley actúan como topes máximos obligatorios del sistema y no impiden la adopción de criterios de inversión adicionales o más conservadores por parte de las entidades titulares de los recursos”, señala el documento.
En cuanto al control, la normativa establece que “la Superintendencia de Bancos fiscalizará el cumplimiento de los límites establecidos en esta ley de forma mensual”.
Los excesos deberán ser cubiertos con una previsión equivalente al 100 % del monto excedente y, además, constituirán una falta grave sujeta a las sanciones previstas en la legislación vigente.
El proyecto será girado a las comisiones asesoras correspondientes para su estudio y dictamen, antes de ser puesto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados.
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