Aconsejan aceptar modificaciones del Senado a proyecto sobre licencias de conducir

Publicado el: 2026-10-26

(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). La Comisión de Obras, Servicios Públicos y Comunicaciones, presidida por el diputado Benjamín Cantero (ANR-Canindeyú), durante su reunión ordinaria, dictaminó a favor de aceptar las modificaciones introducidas por la Cámara de Senadores, al proyecto de ley “Que modifica los artículos 22 y 27 de la Ley Nº 5016/14 ‘De tránsito y seguridad vial’”.

El titular del estamento asesor señaló que el dictamen aconseja aceptar las modificaciones incorporadas por la Cámara Alta. En ese sentido, el legislador mencionó que los ajustes consisten en requisitos más flexibles para acceder a la licencia de conducir de distintas categorías de tipo profesional.

La iniciativa, propiciada por el diputado Rubén Roussillón (ANR-Presidente Hayes), busca adecuar la legislación a las necesidades de un segmento conformado, en su mayoría, por jóvenes y mujeres que trabajan en la conducción de taxis, remises y vehículos que operan mediante plataformas como Bolt, Uber y Muv, entre otras.

Según la exposición de motivos, mediante estas actividades “se ganan unos guaraníes para sostener sus familias, seguir estudiando y continuar con el cumplimiento de sus sueños”.

Entre las modificaciones al artículo 22, el Senado incorporó requisitos adicionales para obtener la licencia de conducir Clase “B”. Además de tener diecinueve años y contar con la licencia Clase “Particular” por un año, el texto exige haber concluido satisfactoriamente el correspondiente curso de conducción y los demás exámenes requeridos para las distintas categorías de tipo profesional.

Asimismo, la Cámara de Senadores redujo de veinte a dieciocho años la edad mínima prevista para acceder a la licencia Profesional Clase “C”, que habilita a conducir exclusivamente tractores, maquinarias agrícolas y las denominadas pesadas.

En cuanto al artículo 27, el texto aprobado por Diputados incluía dentro de la licencia Profesional Clase “B” la conducción de taxis, remises y vehículos utilizados mediante aplicaciones o plataformas digitales. La versión del Senado incorpora expresamente los taxis y remises en la categoría Profesional Clase “A”, mientras que para la Clase “B” contempla la conducción de vehículos utilizados dentro del sistema de plataformas de transporte por aplicaciones habilitados y regulados en el territorio nacional, conforme a la ley y a las ordenanzas de tránsito de cada municipio.

Por otra parte, el Senado suprimió la disposición que encomendaba a las municipalidades arbitrar los mecanismos necesarios para organizar y ejecutar los cursos de educación vial destinados a conductores de vehículos de tracción a sangre y de bicicletas. Se mantiene la exigencia de aprobar dicho curso, portar la constancia correspondiente y utilizar chaleco reflectivo.

La propuesta había sido aprobada por la Cámara de Diputados y fue modificada durante su estudio en la Cámara de Senadores. En consecuencia, deberá ser considerada nuevamente por el pleno de Diputados.

...

No hay Diapositivas introducidas.

Compartir este artículo: